En el artículo Obligaciones laborales del patrón en materia de seguridad laboral se mencionó que una de las obligaciones del patrón es cumplir con las NORMAS oficinales mexicanas en materia de seguridad, salud y medio ambiente de trabajo, y una de estas NORMAS es la  NOM-017-STPS-2008, Equipo de protección personal-Selección, uso y manejo en los centros de trabajo, la cual tiene por objetivo establecer los requisitos mínimos para que el patrón seleccione, adquiera y proporcione a sus trabajadores, el equipo de protección personal correspondiente para protegerlos de los agentes del medio ambiente de trabajo que puedan dañar su integridad física y su salud.

Dicha NORMA define al equipo de protección personal (EPP) como un conjunto de elementos y dispositivos, diseñados específicamente para proteger al trabajador contra accidentes y enfermedades que pudieran ser causados por agentes o factores generados con motivo de sus actividades de trabajo y de la atención de emergencias. En caso de que en el análisis de riesgo se establezca la necesidad de utilizar ropa de trabajo con características de protección, ésta será considerada equipo de protección personal.

Así mismo  en esta NORMA se establecen las obligaciones tanto del patrón como de los trabajadores

Obligaciones del patrón

  • Identificar y analizar los riesgos de trabajo a los que están expuestos los trabajadores por cada puesto de trabajo y área del centro laboral.
  • Determinar el equipo de protección personal, que deben utilizar los trabajadores en función de los riesgos de trabajo a los que puedan estar expuestos por las actividades que desarrollan o por las áreas en donde se encuentran.
  • Proporcionar a los trabajadores equipo de protección personal que cumpla con las siguientes condiciones:
  1. Que atenúe la exposición del trabajador con los agentes de riesgo;
  2. Que en su caso, sea de uso personal;
  3. Que esté acorde a las características físicas de los trabajadores,  y
  4. Que cuente con las indicaciones, las instrucciones o los procedimientos del fabricante para su uso, revisión, reposición, limpieza, limitaciones, mantenimiento, resguardo y disposición final.
  • Comunicar a los trabajadores los riesgos de trabajo a los que están expuestos, por puesto de trabajo o área del centro laboral, con base a la identificación y análisis de riesgos a los que se refiere el apartado.
  • Comunicar al contratista los riesgos y las reglas de seguridad del área en donde desarrollará sus actividades.
  • Los contratistas deben dar seguimiento a sus trabajadores para que porten el equipo de protección personal y cumpla con las condiciones de la presente norma.
  • Proporcionar a los trabajadores la capacitación y adiestramiento para el uso, revisión, reposición, limpieza, limitaciones, mantenimiento, resguardo y disposición final del equipo de protección personal, con base en las indicaciones, instrucciones o procedimientos que elabore el fabricante de tal equipo de protección personal.
  • Supervisar que durante la jornada de trabajo, los trabajadores utilicen el equipo de protección personal proporcionado, con base a la capacitación y adiestramiento proporcionados previamente.
  • Identificar y señalar las áreas del centro de trabajo en donde se requiera el uso obligatorio de equipo de protección personal. La señalización debe cumplir con lo establecido en la NOM-026-STPS-1998.

Obligaciones de los trabajadores que usen equipo de protección personal

  • Participar en la capacitación y adiestramiento que el patrón proporcione para el uso, revisión, reposición, limpieza, limitaciones, mantenimiento, resguardo y disposición final del equipo de protección personal.
  • Utilizar el equipo de protección personal proporcionado por el patrón de acuerdo a la capacitación que recibieron para tal efecto.
  • Revisar antes de iniciar, durante y al finalizar su turno de trabajo, las condiciones del equipo de protección personal que utiliza.
  • Informar al patrón cuando las condiciones del equipo de protección personal ya no lo proteja, a fin de que se le proporcione mantenimiento, o se lo reemplace.

Recuerda que la seguridad laboral es tarea de todos. 

 

Comentarios y/o sugerencias: [email protected]